¿Se enfrenta a un problema de familia?
Nosotros podemos ayudar.
En Abogados Rojas encontrará un equipo de abogados expertos en mediación familiar, reconocidos por su capacidad y compromiso. Somos abogados de familia especializados en divorcios, pensión de alimentos, filiación, herencias, testamentos y mucho más, y nuestro objetivo es prestar un servicio de excelencia y de la más alta calidad, con especial atención a las particularidades de cada caso y las necesidades de cada cliente.
Nuestra promesa está en mantener una comunicación constante, ágil y personalizada, aprovechando diferentes plataformas digitales que nos permiten mantener a nuestros clientes al tanto de cada una de los avances dentro de su caso.
En todos nuestros servicios, otorgamos especial foco a velar por el interés de los menores y la construcción de acuerdos que funcionen a largo plazo. Siempre tratando de mejorar, conservar y fortalecer la relación entre las partes involucradas en cada caso, demostrando en todo momento un ejercicio ético y responsable de la profesión.
Dentro de las materias específicas del Derecho de Familia, nuestros abogados de familia se especializan en las siguientes:
- • Divorcio mutuo acuerdo: Aquel que se hace de común acuerdo entre los cónyuges y que requiere un plazo de cese de convivencia de un año.
- • Divorcio unilateral: Aquel divorcio en el que no hay acuerdo entre los cónyuges, requiere que se encuentren separados a lo menos de hace 3 años.
- • Relación directa y regular, visitas: Derecho que tiene el hijo a compartir con el padre o madre que no vive con él.
- • Demanda por alimentos: El derecho a solicitar un monto para la mantención, educación y crianza del hijo.
- • Cuidado personal, tuición: Corresponde al cuidado, crianza y educación del hijo que se encuentra a cargo de uno o ambos padres. En caso que no exista acuerdo, el cuidado personal lo tendrá aquel padre que vive con el hijo.
- • Reclamación e impugnación de paternidad: Acciones de filiación que buscan determinar la paternidad o maternidad en relación al hijo.
- • Violencia intrafamiliar: Conjunto de actos que constituye maltrato habitual mediante hechos graves y reiterados hacia una persona que puede ser cónyuge, conviviente, pareja, hijo, y otros familiares directos que determine la ley.
- • Medidas de protección: Aquella que tiene por objeto que se aplique una medida con el objeto de poner fin a una amenaza o vulneración de derechos hacia el niño o adolescente.
- • Declaración de bien familiar: Medida que tiene por objeto impedir la venta de un inmueble de propiedad del cónyuge. Tiene derecho a solicitarla el cónyuge no propietario por ser la propiedad la residencia principal de la familia.
- • Autorización de salidas del país a menores: En el caso de que uno de los padres que no viaja con el hijo hacia el extranjero no de su autorización, se puede pedir a un tribunal la autorización para salir del país.
- • Compensación económica: Figura que obliga a uno de los cónyuges (hombre o mujer que se casaron) a pagar al otro una cantidad de dinero.
¿No encuentra su preocupación en asuntos civiles en la lista? Llámenos al +2 2 859 5615 o escríbanos completando nuestro Formulario de Contacto, y nosotros lo guiaremos.
Preguntas frecuentes sobre derecho de familia:
1. ¿Puedo demandar personalmente en Tribunales de Familia?
Es obligatoria la presencia de un abogado que represente el caso, salvo que el juez haga una excepción por motivos fundados. Diríjase a nuestra página de contacto para consultar por su caso.
2. ¿Quiénes pueden solicitar el divorcio?
El divorcio lo podrán solicitar ambos cónyuges de común acuerdo que acrediten que han cesado en la convivencia durante un lapso mayor a un año.
En el caso de que lo quiera solicitar uno de los cónyuges, se tiene que probar que el cese de la convivencia se haya producido hace al menos tres años, o que existió una grave imputable al otro que torne intolerable la vida en común.
Ver más detalle sobre cómo solicitar el Divorcio en Chile.
3. ¿Cuáles son los tipos de divorcios?
Hoy se reconocen en Chile tres tipos de divorcios. Estos son:
- Divorcio de común acuerdo: Por cese de convivencia por un año a lo menos y de común Acuerdo entre las Partes. Si existen hijos menores de edad, las partes deben llegar a acuerdo en cuanto a pensión de alimentos, régimen de visitas , cuidado personal, compensación económica, entre otros.
- Divorcio unilateral: Por cese de convivencia por tres años o más, y la decisión unilateral de uno de los cónyuges de divorciarse.
- Divorcio por culpa: Por causales graves y fundamentadas con los medios de prueba necesarios.
Cada uno de estos tipos de divorcios, requiere de la mediación de un abogado en cuanto la ley así lo exige.
4. ¿Qué pasa con los hijos si quiero demandar o solicitar el divorcio?
El juez velará porque los hijos comunes, especialmente los menores de edad, tengan reguladas las materias de alimentos, relación directa y regular (visitas) y cuidado personal (tuición) al momento de declarar el divorcio.
Si necesita agendar una cita en nuestra oficina de abogados, le invitamos a llamarnos al +2 2 859 5615 o escribirnos completando nuestro Formulario de Contacto.