En Abogados Rojas encontrará un equipo de abogados expertos en derecho civil, reconocidos por su nivel compromiso. Somos abogados civiles especializados en entregar soluciones concretas a todas aquellas problemáticas que son de competencia de los Juzgados de Letras, ya sean demandas civiles, juicios de arriendo, herencias, testamentos u otro.
Nuestra promesa está en prestar un servicio de excelencia y de la más alta calidad, con especial atención a las particularidades de cada caso y las necesidades de cada cliente, manteniendo siempre una comunicación ágil y personalizada.
En Abogados Rojas buscamos siempre mejorar, conservar y fortalecer la relación entre las partes involucradas en cada caso, demostrando en todo momento un ejercicio ético y responsable de la profesión.
El derecho civil es el conjunto de normas que regulan las principales relaciones civiles de las personas, tales como contratos entre personas naturales o jurídicas, cumplimiento o incumplimiento de estos, herencias y sucesiones, y más.
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Los primeros en heredar son el cónyuge sobreviviente y los hijos. Al cónyuge le corresponde el doble de lo que lleva cada hijo. Si sólo hubiera un hijo, la cuota del cónyuge será equivalente a la de ese hijo. Si no tiene hijos, heredan los padres u otros ascendientes más próximos y su cónyuge. Si faltan los anteriores, heredan los hermanos, sean por parte de padre y madre, o sólo de uno de ellos. En caso de estar fallecido alguno de los hermanos, heredan en su lugar los hijos de ese hermano fallecido, es decir, los sobrinos del causante. En caso de faltar todos los anteriores, heredan los parientes consanguíneos que, descendiendo de un tronco común, no son ascendientes ni descendientes del causante. En primer lugar están los tíos. En caso de no existir ningún tío vivo, heredan los primos de la persona fallecida. A falta de todos los herederos señalados sucederá el Fisco.
Realizar un testamento es sólo necesario cuando se quiere beneficiar a algún heredero en especial ya sea un familiar o un amigo. Es importante que este sea redactado por un abogado para que quede con claridad y todo estipulado de acuerdo la ley.
Para cambiarse el nombre debe presentar una demanda ante los tribunales civiles mediante abogado que lo represente.
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Si su arrendatario se niega a pagar la renta convenida, usted podrá demandarlo para que se declare la terminación del contrato de arriendo y luego podrá cobrar el pago de las rentas que se adeudan, los pagos de los consumos de electricidad, gas, agua potable y de riego; gastos comunes y otras prestaciones similares. Se deberán los pagos que se generen incluso durante la tramitación del juicio, hasta que se restituya el inmueble o el pago se efectúe.
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No necesariamente, pero siempre es aconsejable escriturarlo y, en lo posible firmarlo, ante notario.Si usted entregó una propiedad en arriendo y no escrituró el contrato deberá contar con testigos, u otros documentos, como por ejemplo recibos de pago, para acreditar la existencia del contrato de arriendo en un eventual juicio.
Si la persona que falleció no dejó testamento, debe recurrir a cualquier oficina del Registro Civil a efectuar el trámite, y si la persona que falleció otorgó testamento, el trámite se debe realizar en Tribunales de Justicia con la asesoría de un abogado.
Si necesita agendar una cita en nuestra oficina de abogados, le invitamos a llamarnos al +2 2 859 5615 o escribirnos completando nuestro Formulario de Contacto.
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