La suplantación de identidad implica la adquisición indebida de los privilegios y prerrogativas que pertenecen a alguien más. Cuando una persona se apropia de los derechos y atribuciones de otra, y lleva a cabo acciones como si fuera el legítimo titular, nos encontramos frente a un caso de suplantación
Recuerda que este artículo es una guía legal, sin embargo, no sustituye la asesoría legal. Si necesitas ayuda contáctanos, con gusto te atenderemos.
El acto de hacerse pasar por otra persona constituye un delito. Sin embargo, para que se considere como tal, el impostor debe llevar a cabo acciones que solo el dueño legítimo podría realizar. En consonancia con esto, el artículo 214 establece que:
La persona que usurpe el nombre de otro será castigado con presidio menor en su grado mínimo, sin perjuicio de la pena que pudiere corresponderle a consecuencia del daño que en su fama o intereses ocasionare a la persona cuyo nombre ha usurpado. En caso que dicha suplantación se realizare a través de internet, redes sociales o cualquier otro medio, ocasionando daños a terceros, será castigado con presidio menor en su grado medio y multa de 5 a 30 UTM.
Quienes realicen suplantación de identidad en cualquier medio informático se expondrán de 61 a 540 días de reclusión en lo que a suplantación de identidad de Chile y el código penal se refiere.
En esta situación, experimentarás suplantación de identidad de delito, y esa persona podría enfrentar condenas de reclusión breve en su nivel más bajo. También es posible imponer sanciones por los delitos ocasionados como consecuencia de la suplantación.
En el supuesto de que alguien haya cometido suplantación identidad en plataformas digitales como Instagram, Facebook u otras redes sociales, nos encontramos frente a una situación que se torna un tanto más enmarañada y complicada. Ello se debe al hecho de que el marco normativo contenido en el artículo del código penal, si bien abarca un amplio espectro de situaciones, no incluye explícitamente disposiciones referentes al ámbito de suplantación de identidad en internet y las redes virtuales.
Sin embargo, no es motivo para que te desalientes o te sientas desesperanzado, ya que existe un curso de acción que puedes emprender para proteger tus derechos y esclarecer la situación.
Aunque el código penal aún no contempla explícitamente la suplantación de identidad en redes sociales, es fundamental denunciar estos casos para que las autoridades puedan recabar información valiosa que ayude en la lucha contra la ciberdelincuencia.
Si piensas que has sido objeto de un delito de suplantación de identidad, o si alguien ha usurpado tu identidad, es necesario acudir a la Policía de Investigaciones (PDI) para presentar una denuncia. Además, te aconsejamos buscar el apoyo de profesionales legales con experiencia en esta materia, de manera que puedas conocer las acciones a seguir.
La búsqueda y el estudio de tales crímenes recae en manos de la Fiscalía, dado que tiene el monopolio de la acción judicial pública en su ejercicio.
Si lamentablemente te has visto envuelto en una situación desafortunada en la que te has convertido en víctima de suplantación de identidad y te encuentras desconcertado sin saber cómo proceder, no dudes en comunicarte con nosotros a través de este medio. Nuestro equipo jurídico altamente capacitado y especializado en este ámbito está listo para brindarte la asistencia y orientación que necesitas en estos momentos difíciles.
Recuerda que si necesitas asesoría legal puedes llenar el formulario de contacto o dejar tus comentarios, uno de nuestros abogados está listo para responder tus dudas y brindarte la mejor asesoría legal en Chile.
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