¿Qué es una Tercería de Posesión?

30 March 2022
30 March 2022, Comments 0

Durante la ejecución de un embargo, se asume que todos los bienes que se encuentran en un domicilio son propiedad del deudor. Por consiguiente, la medida los incluye a todos sin tomar en cuenta que alguno puede no ser suyo. En este caso, el propietario afectado puede tomar partido en el juicio para recuperar lo propio, lo que se conoce como tercería de posesión.

Se trata de un procedimiento judicial muy común, en virtud de detener o minimizar los efectos de una medida de embargo.

¿En qué consiste?

La tercería de posesión consiste en un juicio secundario al ejecutivo, en el cual un propietario demuestra que bienes de su propiedad han sido embargados. Lo solicita porque durante el proceso, el receptor judicial inventaría todo lo que se encuentre en el domicilio del deudor, presumiendo su propiedad.

El proceso de tercería de posesión busca lograr que el embargo sobre esos bienes se levante para que su legítimo propietario pueda hacer uso pleno de ellos.

Los pasos de la tercería de posesión son los siguientes:

  • ●  Notificar al tribunal sobre la tercería de posesión
  • ●  Acreditar la posesión de los bienes, aportando pruebas
  • ●  Solicitud del levantamiento del embargo de los bienes.

Mientras los bienes estén bajo proceso de embargo no pueden transarse, ni su legítimo propietario puede hacer uso de ellos.

La tercería de posesión aplica en todo juicio en el que una sentencia establezca que se requiere la ejecución de un embargo. Este proceso inicia para que un deudor pague una cantidad de dinero que se niega a entregar, como pago de una deuda contraída.

Recuerda que este artículo es una guía legal, sin embargo, no sustituye la asesoría legal. Si necesitas ayuda contáctanos, con gusto te atenderemos.

La presunción de la propiedad

Cuando un receptor judicial ejecuta una medida de embargo, presume que todos los bienes que hay en un domicilio pertenecen al embargado. Esto se hace lógico, pues si no muchas personas alegarían que no tienen bienes propios para evitar el pago de deudas.

Si durante un proceso de embargo ninguna persona presenta una tercería de posesión, se da por sentado en efecto que todos los bienes pertenecen al sujeto de embargo. Si no se paga la deuda o se llega a un acuerdo de pago, los bienes pasan a remate.

¿Por qué se hace la tercería de posesión?

En muchas ocasiones, cuando se ejecuta un embargo, viven varias personas en un mismo domicilio. Por tanto, hay bienes particulares en la residencia que pertenecen a los diferentes ocupantes y algunos pueden verse perjudicados por la medida. La tercería de posesión busca, justamente, restituir la propiedad de los bienes a sus legítimos propietarios.

El objetivo de la tercería de posesión es que el tribunal que conoce la querella principal, excluya estos bienes embargados del cálculo de pago de la deuda. Se hace porque no pertenecen al sujeto de embargo.

¿A quién va dirigido?

La tercería de posesión está dirigida a todas aquellas personas que se ven afectadas por el embargo de sus bienes para pagar las deudas de otra persona. Para tramitarla, se necesita cumplir con los siguientes requisitos:

  • ●  Tener un abogado que la presente ante el tribunal.
  • ●  No ser la persona deudora sujeto del embargo.
  • ●  Acreditar la posesión de los bienes sobre los cuales se solicita la tercería. La posesión es un hecho, por lo que puede probarse con testigos. Para ciertos bienes se requiere probar con documentos.
  • ●  Es una norma que la persona embargada no continúe viviendo en la casa donde se ejecutó la medida, pero esto se analiza dependiendo de cada caso.

¿Qué se necesita para hacer el trámite?

Además de los requisitos ya especificados, hay unos adicionales que forman parte de la documentación básica de la Tercería de Posesión. Son los siguientes:

  • ●  Acta de embargo
  • ●  Documentos que acreditan la posesión de los bienes, incluso boletas o facturas
  • ●  Lista de testigos que soporten y den fe de la posesión de los bienes
  • ●  Datos de las partes querellantes en el juicio principal. Se debe especificar nombres, domicilio y profesión y los datos deben ser precisos porque ambas partes serán demandadas por la tercería.

¿Se necesita un abogado para hacer una tercería?

Sí, para hacer una tercería de posesión se requiere del patrocinio de un abogado. Para personas de escasos recursos socioeconómicos, la Corporación de Asistencia Judicial (CAJ) ofrece el servicio de manera gratuita. Sin embargo, hay que acreditar esta condición para el análisis de los representantes de la CAJ.

¿Qué vigencia tiene?

La vigencia de la tercería de posesión se prolonga durante todas las fases del juicio para probar la posesión de los bienes y la restitución. Se debe introducir antes de que se produzca la orden de remate de los bienes.

¿Cuál es el costo?

Dependerá del estudio de abogados que escoja para realizar la tercería de posesión. Si se solicita el servicio a la CAJ, es gratuito previa evaluación socioeconómica del interesado. En todo caso, contar con una firma de abogados de confianza permite tener una asesoría personalizada y el abordaje del caso de manera inmediata.

Los bienes que pueden embargarse

Con respecto a los bienes que se encuentran regularmente en una casa, la regla dicta que pueden embargarse todos aquellos que no sean necesarios para la vida. En la excepción entra:

  • ●  Mobiliario de cocina y comedor
  • ●  Muebles de dormitorio
  • ●  Ropas del deudor, su cónyuge e hijos
  • ●  Objetos referentes a las artes y oficios del deudor, por ejemplo, libros y maquinarias.

Se pueden embargar computadores, equipos de sonido, lavadoras, electrodomésticos superfluos como televisores, entre otros. Los vehículos también entran como bienes susceptibles de embargo.

¿Cómo y dónde se hace una tercería de posesión en Chile?

La tercería de posesión se interpone ante el tribunal que ejecutó el embargo respectivo. Si se necesita la asesoría gratuita de la CAJ, tiene cuatro direcciones, en Tarapacá (para el norte), Valparaíso (para Atacama, Coquimbo y Valparaíso), Metropolitana (para Santiago, Magallanes, Maule y O’Higgins) y Biobío (para esa región, Araucanía, Los Lagos, Aysén, Ñuble y de Los Ríos).

Las etapas de la tercería de posesión

La tercería de posesión es un procedimiento legal que en Chile establece cuatro etapas fundamentales:

  • ●  Interposición. Debe hacerse a partir de la ejecución del embargo y antes de que se produzca el remate de los bienes. Se levanta contra ambas partes del juicio y por tanto se notifica a las dos. El tribunal no verifica la propiedad de los bienes, si no se presenta la tercería se asume la propiedad por parte del embargado.
  • ●  Contestación. Las partes en el juicio deben contestar a la tercería de posesión interpuesta alegando sus derechos sobre los bienes. Para ello tienen tres días a partir de la notificación.
  • ●  Prueba. Ya obtenida la respuesta del demandado y el demandante, notificados de la tercería interpuesta, el tribunal decide cuáles puntos deben probarse. El período para cumplir este proceso es de ocho días hábiles.
  • ●  Fallo. Aunque lo establecido es que una vez presentadas las pruebas, el tribunal tiene un plazo de tres días bien para aprobar o para rechazar la tercería de posesión. No hay garantía de esto, porque es un plazo que en la mayoría de las veces no se cumple.

¿Diferencia entre tercería de posesión y de dominio?

Hay una diferencia fundamental entre la tercería de posesión y la tercería de dominio. En la primera, basta con probar la posesión de los bienes para que el tribunal los deje fuera del embargo. En el caso de la tercería de dominio, hay que probar la propiedad con documentos respectivos, por lo que se trata de un procedimiento menos común.

Si el propietario conserva boletas y facturas de todos sus bienes en litigio, será mucho más sencillo realizar el proceso. No obstante, esto no es una situación común porque no se guardan estos documentos de compra de objetos cotidianos que pueden embargarse.

Marco legal

La posesión está establecida en el artículo 700 del Código Civil. En este sentido, el documento legal señala que “el poseedor es reputado dueño, mientras otra persona no justifica serlo”. Es decir, que, si alguien posee una cosa, es su dueño en tanto otro no acredite serlo también.

El Código de Procedimiento Civil establece, a partir del artículo 518 y sucesivos, las formas que consagran la tercería de posesión, los requisitos y el mecanismo de aplicación.

¿Necesitas hacer una tercería de posesión?

Lo importante es que cuente con una asesoría personalizada y profesional. Un equipo de abogados abordará su petición, estableciendo todos los pasos necesarios para lograr la restitución de sus bienes. Contáctenos.

Nuestro artículo es una guía y en ningún caso sustituye la representación legal. Si usted requiere la ayuda de un abogado, nuestra firma cuenta con amplia experiencia en casos civiles y familiares. Un equipo de abogados expertos está listo para ayudarlo ¡Llámenos! 

Recuerda que si necesitas asesoría legal puedes llenar el formulario de contacto o dejar tus comentarios, uno de nuestros abogados está listo para responder tus dudas y brindarte la mejor asesoría legal en Chile.

Comments are closed.

© 2013 Rojas Abogados. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por Propulso.cl